Introducción clara y directa para propietarios y comunidades. Aquí encontrarás cómo actuar ante filtraciones, goteras o humedades, qué responsable corresponde en cada caso (vecino, comunidad o terceros), qué plazos rigen la reclamación, qué pruebas necesitas y en qué momento conviene negociar o acudir a juicio. Si estás en Madrid, te orientamos paso a paso y enlazamos recursos útiles.

Qué se considera “daños por agua” y por qué importa el origen

Los daños por agua abarcan filtraciones desde la vivienda superior, roturas de bajantes o shunts, humedades por condensación o capilaridad, inundaciones por fugas y negligencias en obras.

Clave jurídica: identificar el origen

La determinación del punto de origen (elemento privativo o elemento común) es la base para asignar responsabilidad y dirigir la reclamación contra la parte obligada (vecino, comunidad, empresa instaladora/constructora). Sin ese diagnóstico, la reclamación se dilata o se dirige a quien no corresponde.

Quién paga: criterio práctico según LPH

Elemento privativo

Según el (art. 9.1 a) LPH) El propietario debe:

Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos

Si el daño nace en su vivienda (grifo, manguetón, ducha…), responde por la reparación del origen y los daños causados.

Elemento común

Según el (art. 10.1 a) LPH) La comunidad debe realizar:

Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

Los bajantes, conducciones y canalizaciones son elementos comunes (art. 396 CC), por lo que, si el origen está ahí, responde la comunidad.

Terceros intervinientes

Según el (art. 9.1 c) LPH) Los propietarios deben:

Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados

Plazos de reclamación: no los dejes correr

Los plazos dependen del tipo de acción ejercitada. En la práctica, lo importante es interrumpir la prescripción con una reclamación fehaciente y documentada mientras reúnes prueba.

Buenas prácticas de tiempo

  • Comunica el siniestro de inmediato al vecino/comunidad.

  • Emite requerimiento fehaciente (burofax) describiendo hechos, daños y petición.

  • Conserva y refuerza prueba (fotos fechadas, testigos, informes).

Pruebas que sí funcionan (y cuándo pedir peritaje)

Evidencias mínimas

  • Fotografías y vídeo con fecha desde varios ángulos.

  • Acta o parte interno de la comunidad (si existe).

  • Presupuestos y facturas de reparación o reposición.

Peritaje independiente

Acelera acuerdos y sostiene la cuantía en caso de juicio. Es recomendable cuando:

  • El origen es discutido (¿privativo o común?).

  • Hay daños de entidad (suelos, instalaciones eléctricas, mobiliario).

  • La parte contraria minimiza los hechos.

Vía amistosa, mediación y acuerdo en junta

La forma más rápida y menos costosa de resolver un daño por agua es la vía amistosa: requerimiento fehaciente, inspección del origen y una propuesta técnica con presupuesto y plazos. Si el problema afecta a elementos comunes, conviene elevarlo a junta (o gestionarlo a través de la administración de fincas) y dejarlo recogido en acta: alcance de la reparación, responsable de ejecución, plazos, acceso a viviendas afectadas y previsión de reposiciones.

Cuando la reparación sea necesaria para el adecuado mantenimiento y conservación del inmueble, la comunidad tiene el deber de acometerla (art. 10.1 LPH). Y si para ejecutarla es preciso entrar en un piso o local, el propietario debe permitir las reparaciones con derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que se le causen (art. 9.1 c) LPH).

En la práctica: acuerdo documentado, obra necesaria (art. 10.1 LPH), acceso y con resarcimiento si procede (art. 9.1 c) LPH). Si no hay consenso o el acuerdo no se cumple, se documenta el intento de solución y se pasa a la vía judicial para exigir la reparación e indemnización correspondientes.

Modelo de comunicación: cómo redactar y qué adjuntar

La primera carta debe ser clara, concreta y respetuosa, indicando:

  • Hechos (qué ocurrió, cuándo y dónde).

  • Indicios de origen.

  • Daños apreciados y documentación adjunta.

  • Solicitud: reparación del origen + reposición/indemnización.

  • Plazo razonable de respuesta.

Errores que alargan (o arruinan) la reclamación

  • No definir el origen antes de señalar al responsable.

  • Dejar pasar plazos sin comunicación fehaciente.

  • Reparar sin documentar o sin permitir inspección.

  • Solicitar solo “pintura” y olvidar daños colaterales (eléctrica, mobiliario, suelos).

  • No formalizar el acuerdo por escrito (o fuera de junta si afecta a elemento común).

Preguntas frecuentes

¿Empiezo por el administrador o por el vecino?

Si sospechas elemento común, comunica a administrador/presidente y solicita intervención. Si el origen parece privativo, comunica al vecino. En caso de duda, notifica a ambos y pide inspección.

¿Cuándo es imprescindible el peritaje?

Cuando el origen o la cuantía se discuten, o el daño es relevante. Un informe técnico sólido evita discusiones y facilita acuerdos o juicio.

¿Puedo reclamar si no me hacen caso?

Sí. Con prueba y requerimiento fehaciente, puedes acudir a la vía judicial. También pueden interesar medidas para que el daño no continúe mientras se resuelve.

¿Tienes filtraciones, humedades o una discusión abierta en tu comunidad? En Bermejo Abogados te ofrecemos asesoramiento legal y una hoja de ruta clara y exitosa.