Las obras de mejora en las comunidades de vecinos suelen generar debates, ya que, aunque aumentan el valor y la comodidad del inmueble, también implican un gasto considerable para algunos propietarios. El Artículo 17.4 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula cómo deben aprobarse este tipo de obras, estableciendo mayorías cualificadas y permitiendo la exoneración de ciertos propietarios cuando los costes superan un límite determinado.

Introducción a las Obras de Mejora en Comunidades de Vecinos

Según el Artículo 17.4 de la LPH, para aprobar obras de mejora que excedan el coste de tres mensualidades ordinarias, se requiere una mayoría cualificada. Además, los propietarios que no estén de acuerdo con la obra podrán exonerarse de su coste. Este artículo busca equilibrar el deseo de mejorar las instalaciones comunes con la capacidad económica de cada propietario.

Tipos de Obras en las Comunidades de Vecinos

Obras de Mejora

Las obras de mejora son aquellas que, aunque no son estrictamente necesarias, contribuyen a mejorar el valor o la comodidad del edificio. Ejemplos incluyen la instalación de ascensores, rehabilitaciones estéticas, o la colocación de paneles solares. Estas mejoras pueden tener un impacto positivo en la vida de los residentes, pero requieren una mayoría cualificada para su aprobación.

Obras No Necesarias vs. Obras Obligatorias o de Conservación

Es importante diferenciar entre las obras de mejora y las obras obligatorias o de conservación. Mientras las primeras buscan mejorar el confort o el valor del edificio, las segundas son obligatorias para mantener la seguridad y habitabilidad del inmueble, como reparaciones estructurales o problemas de seguridad. Para más información sobre este tipo de obras, te invitamos a leer nuestro artículo sobre Obras Obligatorias en Comunidades de Propietarios: Art. 10 LPH.

Mayorías Necesarias para Aprobar Obras de Mejora

Mayoría Cualificada para Obras de Mejora

Para aprobar obras de mejora cuyo coste supere las tres mensualidades ordinarias, es necesario el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios, como establece el Artículo 17.4 de la LPH. Aunque estas obras son beneficiosas, no son esenciales para la habitabilidad, de ahí que se requiera una mayoría cualificada.

Exoneración de Propietarios

Cuando las obras de mejora superan el coste de tres mensualidades, los propietarios que no estén de acuerdo pueden exonerarse de la contribución económica. No obstante, una vez exonerados, no podrán beneficiarse de las mejoras realizadas a menos que paguen posteriormente su parte proporcional.

Voto de los Ausentes en la Junta de Propietarios

Artículo 17.8 de la Ley de Propiedad Horizontal

El Artículo 17.8 de la LPH regula el voto de los propietarios ausentes en la junta. Aquellos que no asistan a la votación sobre las obras de mejora tienen un plazo de 30 días naturales para manifestar su voto de manera escrita si no están de acuerdo. De no hacerlo, se considera que su voto es favorable. Esta disposición evita que la toma de decisiones se demore indefinidamente por la ausencia de propietarios.

Delegación del Voto en Propietarios Ausentes

Los propietarios ausentes también tienen la opción de delegar su voto en otro propietario o en un despacho de abogados especializado en propiedad horizontal. Este tipo de delegación es particularmente útil cuando el propietario desea asegurarse de que su voz será escuchada en la junta, aunque no pueda asistir físicamente.

Implicaciones y Responsabilidades de las Obras de Mejora

Sanciones por el Incumplimiento de Acuerdos

Una vez aprobadas las obras de mejora, todos los propietarios que hayan votado a favor o que no hayan solicitado la exoneración deberán cumplir con sus obligaciones económicas. En caso de impago, la comunidad puede iniciar un procedimiento monitorio contra el propietario moroso.

Derechos de los Propietarios No Interesados

Los propietarios que se exonen del coste de las obras de mejora no podrán beneficiarse de las instalaciones mejoradas a menos que decidan abonar su parte en un futuro. Esto incluye elementos como ascensores o zonas comunes renovadas.

Conclusión

El Artículo 17.4 de la LPH proporciona un marco legal claro para gestionar las obras de mejora en las comunidades de vecinos. Estas obras, aunque no esenciales para la habitabilidad, son cruciales para mejorar la calidad de vida y el valor del inmueble. Es fundamental que las comunidades de propietarios gestionen estas decisiones con claridad y que los propietarios conozcan sus derechos y obligaciones.

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