Introducción a la Movilidad Eléctrica en Comunidades

Con el aumento del uso de vehículos eléctricos, cada vez más propietarios buscan instalar puntos de carga en las plazas de garaje de sus comunidades de vecinos. Esta tendencia hacia una movilidad más sostenible implica la necesidad de comprender los derechos y obligaciones legales que rigen este tipo de instalaciones en los garajes comunitarios.

El artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) ha sido clave en la regulación de estos procesos, estableciendo un marco claro para la instalación de puntos de recarga de coches eléctricos en comunidades de propietarios.

5. La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma.

Derecho a Instalar un Cargador en Comunidades de Vecinos

Según la LPH, cualquier propietario tiene derecho a instalar un punto de recarga en su plaza de garaje individual, sin necesidad de obtener el consentimiento de la comunidad de vecinos. Sin embargo, es obligatorio notificar previamente a la comunidad de la intención de realizar la instalación. Este aviso debe hacerse de manera formal, preferentemente por escrito, y dirigido al presidente de la comunidad o al administrador de la finca.

Normativa y Procedimientos

Requisitos Legales

La LPH, en su artículo 17.5, establece que la instalación de cargadores eléctricos no requiere una votación comunitaria, siempre que la instalación se realice en una plaza individual y el propietario asuma todos los costes asociados.

Requisitos básicos para la instalación:

  • Notificación previa a la comunidad de vecinos.
  • Realizar la instalación en la plaza de garaje del propietario.
  • Asumir todos los gastos, tanto de instalación como de consumo eléctrico.

Procedimiento Técnico

Es recomendable que el propietario contrate a un profesional autorizado para realizar la instalación, quien debe cumplir con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT). En la mayoría de los casos, se podrá realizar una derivación desde el cuadro eléctrico de la vivienda hacia el garaje, siempre y cuando se siga el recorrido establecido por la comunidad y se evite utilizar elementos comunes sin autorización.

Instalaciones Compartidas y Opciones para la Comunidad

Aunque la mayoría de los propietarios optarán por realizar instalaciones individuales, las comunidades también pueden plantearse la instalación de puntos de carga compartidos o preinstalaciones que faciliten la conexión de múltiples plazas de garaje. Este tipo de proyecto sí requiere una votación con una mayoría de tres quintas partes de los propietarios, según lo establece la LPH.

Obligaciones Económicas

Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta es que todos los costes asociados a la instalación y consumo del cargador eléctrico deberán ser asumidos por el propietario que realiza la instalación. Esto incluye:

  • Coste del equipamiento y mano de obra.
  • Coste de la electricidad consumida, que deberá ser medido de manera independiente al consumo comunitario.

Impacto en la Comunidad y Valoración del Inmueble

La instalación de puntos de carga de vehículos eléctricos no solo responde a las necesidades actuales de movilidad sostenible, sino que también aumenta el valor de las propiedades. En un mercado inmobiliario cada vez más consciente de las infraestructuras verdes, las comunidades que adoptan este tipo de tecnología pueden ver un incremento en la atracción de posibles compradores o inquilinos.

Problemas Comunes y Soluciones

Acceso al Cuarto de Contadores

Un problema recurrente es la dificultad para acceder al cuarto de contadores o realizar agujeros para pasar el cableado necesario. Si la comunidad no responde a la solicitud del propietario en un plazo razonable, este puede proceder con la instalación, aunque siempre se recomienda la colaboración y evitar conflictos legales.

Incremento de la Potencia Eléctrica

En algunas comunidades, la instalación de varios puntos de carga puede requerir un incremento en la potencia eléctrica del edificio. En estos casos, si es un solo propietario quien requiere esta ampliación, será él quien deba asumir el coste. Sin embargo, si la comunidad decide implementar una solución para varios vecinos, el coste deberá ser asumido colectivamente.

Conclusión

La instalación de cargadores para vehículos eléctricos en comunidades de vecinos es un proceso regulado y relativamente sencillo, siempre que se respeten los procedimientos legales y se asuman las responsabilidades económicas. Al seguir la normativa establecida, los propietarios pueden disfrutar de las ventajas de la movilidad eléctrica sin causar conflictos en la comunidad.

Las comunidades que miran al futuro y adoptan esta infraestructura, no solo facilitan la vida a sus residentes, sino que también aumentan el valor y la sostenibilidad de sus propiedades.

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