El alquiler de viviendas ha vivido en los últimos tiempos un constante vaivén de cambios reglamentarios, pero también ha soportado el ruido y la desinformación. Tras una extensa batería de medidas aplicadas para paliar los efectos económicos de las últimas crisis, la aprobación de la nueva Ley de la vivienda, ha provocado que muchos arrendadores e inquilinos naden en un mar de dudas sobre derechos, normas u obligaciones.
En nuestro despacho, las consultas, tanto de arrendadores como inquilinos, han aumentado considerablemente. Nos preguntan cómo y cuánto se puede subir la renta. Incluso tienen dudas sobre si pueden o no hacerlo.
Información Legar Sobre la Actualización de Precios de Alquiler
Para intentar aclarar las dudas más típicas, os hemos preparado un pequeño esquema:
A) Actualización Anual Conforme al IPC
Por lo general, la mayoría de los contratos de alquiler ligan la actualización de precios a la subida del IPC anual. Por otro lado, si el contrato no expresa nada al respecto no puede haber actualización de la renta (Art.18 de LAU):
“Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos.”
B) Medidas Extraordinarias Contra la Desorbitaba Subida del IPC
Entre las medidas aprobadas para hacer frente a la crisis y a la desorbitada subida del IPC, se incluyó el límite extraordinario a las actualizaciones anuales de la renta del alquiler de viviendas:
- Para el 2023, este límite es del 2 %. Y dado que se ha ampliado su validez en varias ocasiones, estará vigente hasta final de año. Dicho de otra manera, todos los contratos de alquiler que cumplan año antes del 31 de diciembre de 2023 solo podrán actualizar su renta con, como máximo, un incremento máximo del 2 % conforme al Real decreto-Ley 6/2022.
- Para el año 2024, el límite se situará en el 3 %.
- En 2025, la nueva Ley de la Vivienda establece que el Instituto Nacional de Estadística (INE) desarrollará un nuevo sistema de actualización de rentas, con un nuevo índice. Sin embargo, habrá que esperar para conocer su contenido, y los criterios de ese índice.
Recomendación de Bermejo Abogados
Como siempre, para evitar disgustos y discusiones, la recomendación desde Bermejo Abogados es acudir a un profesional que aclare las dudas y que te ayude a cumplir con la legalidad vigente. Cualquier duda o cuestión, no dudes en contactarnos.